Hoy entra en vigor la supuesta solución del Gobierno al fraude de los alquileres de temporada: la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos. El Ministerio de Vivienda hace meses que aparca nuestra proposición de ley, que acaba con los incentivos especulativos del alquiler de temporada y habitaciones. En contraposición, plantean un registro de datos de alquiler de corta duración sin ningún tipo de régimen sancionador que persiga los fraudes de ley que se cometen.

¿En qué consiste esta “Ventanilla”? Simplemente es un registro de datos que sirva de correa de transmisión entre la administración y plataformas en línea de alquiler. Los tipos de alquiler que se incluyen en dicha norma son diversos: incluye alquileres de temporada, habitación o de temporada. Ahora bien: la norma no ataca los contratos fraudulentos, sino solo sus anuncios en plataformas online como Airbnb o Booking.

La Ventanilla Única es una implantación del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, prevista para los apartamentos turísticos, no para los contratos de temporada o de habitación. 

Además, esta ventanilla nace sin ningún régimen sancionador asociado que suponga un freno real al fraude. Aunque formalmente abre la puerta a aplicar otros regímenes sancionadores ya existentes, no se ha desarrollado un reglamento que indique claramente qué administración dispone de la capacidad de instrucción y de sancionar ante el incumplimiento de las medidas. Tampoco se dota a ningún órgano de mayor número de inspectores para que realicen este trabajo.

La Ventanilla no regula los contratos de temporada.

Esta medida surge ante la inacción del Ministerio de Vivienda en el Grupo de Trabajo para la regulación del artículo tres, es decir, los contratos de temporada. El 27 de junio de 2024 los Sindicatos de Inquilinas presentaron una proposición de ley para la regulación de contratos de temporada y habitación en el Congreso de los Diputados.  En reacción a aquella presentación, el Ministerio convocó el día 3 de julio al Grupo de Trabajo para anunciar una supuesta regulación de los contratos de temporada sin detallar aspectos técnicos de la implementación de la medida.

Dicho Grupo de Trabajo dejó de convocarse por parte del Ministerio y, desde entonces hasta ahora solo ha habido una serie de improvisaciones para implementar este Reglamento Europeo que en ninguno de los casos viene a regular los contratos de temporada -art.3 LAU- como ordenaba la Disposición Adicional quinta de la Ley de Vivienda. Hay que recordar que el PSOE se negó a la inclusión de la regulación de estos contratos en la Ley de Vivienda cuando habría habido una mayoría parlamentaría.

La ambigüedad de la redacción del Real Decreto y la falta de desarrollo de un régimen sancionador auguran una falta de eficacia de la Ventanilla Única. Hay que recordar que es una medida administrativa que no modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos -modificación necesaria para regular los contratos de temporada y de habitación para que no se pueda trampear la Ley de Vivienda-.

La regulación real de los alquileres de temporada, atascada en el Congreso

Mientras el Gobierno presenta este real decreto como una solución a la crisis de los alquileres de temporada, la proposición de ley que puede poner fin a este vacío de la Ley de Vivienda sigue atascada en el Congreso. Se trata de la reforma de la LAU que regula este tipo de alquileres, incluyéndolos en los límites de precios de las zonas tensionadas y limitando varios tipos de fraude. Es decir, la ley que elimina los incentivos especulativos que hacen crecer el alquiler de temporada. Hace semanas que se cerró el período de enmiendas de esta reforma, pero el PSOE ha decidido paralizarla y aún no ha convocado la ponencia.